|
La Reunión
Extraordinaria de Ministros de Educación del Convenio Andrés Bello –
REMECAB, celebrada en París, Francia, el 8 de octubre de 2009,
considerando la delicada situación institucional y financiera que afecta
la SECAB, resuelve:
1.
Iniciar un período de
funcionamiento extraordinario de la SECAB, para llevar a cabo un proceso
de reestructuración y regularización administrativa, financiera e
institucional de la
Organización.
2.
Suspender las actividades regulares
de la Secretaría Ejecutiva del
convenio Andrés Bello, e iniciar un período de
funcionamiento extraordinario a contar del 8 de octubre de 2009 y hasta
que la REMECAB determine reanudarlas. Esto incluye el funcionamiento
programático implementado por las Áreas Misionales. (Educación, Ciencia y
Tecnología y Cultura).
3.
Constituir un Comité de Ministros y
Ministras, con los titulares que han asistido a la REMECAB Extraordinaria,
a saber: Chile, Colombia, República Dominicana, Paraguay, República
Bolivariana de Venezuela; quienes tendrán como función dar seguimiento al
proceso de saneamiento administrativo y financiero de la SECAB y ejercer
la supervisión y coordinación de los Institutos Especializados del
Convenio Andrés Bello: IPANC, ITACAB,
III.
4.
Designar un Secretario Adjunto,
para lo cual se acepta la propuesta del Ministerio de Educación de
Colombia de seleccionar el nombre del profesional para éste cargo, quien
deberá conducir a la SECAB con iguales facultades, obligaciones y
dependencia que las dispuestas en el Tratado y Estatutos de la
Organización para el Secretario Ejecutivo, mientras se mantenga el
funcionamiento extraordinario de la SECAB. El Secretario Adjunto deberá
ejecutar todas las medidas que sean necesarias para una reestructuración y
regularización financiera, administrativa e institucional de la SECAB.
En la XXV Reunión Ordinaria de Ministros de Educación de la Organización del Convenio Andrés Bello -
REMECAB, celebrada en Cartagena de Indias, el 27 de enero de 2012, se resuelve culminar el proceso de saneamiento legal y financiero del Convenio Andrés Bello y retomar
las actividades ordinarias de la Organización.
|
|